El domingo 1º de abril de 2018, comienza el proceso
de Declaración Anual de Impuesto a la Renta, a través del Formulario 22, finalizando
este proceso el miércoles 9 de mayo de 2018.
El proceso de declaración de renta y de los plazos
para declarar, dependerá de medio utilizado de presentación de la declaración,
si es con pago o sin pago.
Conforme al Resolutivo Nº 1 de la Resolución Nº 11,
del 2005, los contribuyentes deberán presentar su declaración anual de
Impuestos a la Renta (Formulario 22) mediante transmisión electrónica (vía
internet), si presentan un remanente de crédito (devolución de impuestos) o en
su defecto su declaración presente impuestos a pagar. A su vez el Resolutivo de
Nº 4 de la resolución comentada, señala que las instituciones recaudadoras solo
podrán recibir declaraciones de renta (Formulario 22) que resulten con pago de
impuestos, en consecuencia, si se declara remante de crédito o no pago, solo se
podrá hacer vía electrónica y no en formato papel.
No obstante lo anterior, el resolutivo Nº 3, de la
resolución en comento, le da la posibilidad al contribuyente de presentar su
declaración de impuestos a través de un formulario en papel, ya sea con
remanente de crédito o sin pago, para esto deberá solicitarlo en la Unidad
correspondiente a su domicilio, presentado tal declaración exclusivamente en
dicha Unidad.
Las fechas efectivas de declaración, son las
siguientes:
Medio de Presentación
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Fecha de Inicio
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Fecha de Termino
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Internet sin pago
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01 de abril
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09 de mayo
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Internet con pago
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07 de abril
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30 de abril
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Internet con pago Modalidad PEC
(Pago electrónico de cuenta) con mandato al Banco
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07 de abril
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25 de abril
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Papel con pago
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09 de abril
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30 de abril
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Fecha de Tramites relevantes:
Trámites
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Fecha
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Remplazo de F 22 (SII Internet)
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Hasta 25 de
abril
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Rectificatorias de F 22 (SII
Internet)
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A contar del
1º de julio
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Solucionar rentas de A.T.
anteriores, para que renta de A.T. 2018, no resulte observada por este hecho
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Hasta el 26
de abril
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