lunes, 25 de octubre de 2010

Nuevo Royalty Minero: En el Silencio de los Inocentes fue Aprobado

Mientras se producía en Chile el rescate de los mineros de la Mina San José, en el Congreso se discutía, legislaba y aprobaba el polémico royalty minero, en el silencio de la prensa y de la ciudadanía, a causa de dicho acontecimiento mundial. A pesar que el primer proyecto presentado por el Ministerio de Hacienda, fue rechazado, se presento un nuevo proyecto el cual fue aprobado el 21 de octubre recién pasado.

Hay que recordar que las grandes empresas mineras pagan por concepto de royalty un impuesto especifico fijo del 4% para las inversiones que mantienen derecho a invariabilidad tributaria establecido en el artículo 11 ter del decreto ley N° 600, de 1974 y de 5% para las inversiones hechas a contar del año 2006.

Este nuevo acuerdo de Royalty para el sector minero, reduce la invariabilidad tributaria en dos años menos en relación al primer proyecto presentado hace unos meses atrás y mejora las tasas por concepto de royalty.

La Ley 20.469 del 21 de octubre de 2010, establece un nuevo royalty o mejor dicho un nuevo impuesto especifico al sector minero, que se consagra en la nueva reformulación del articulo 64 bis de la Ley de la Renta, el cual establece un impuesto variable del 5% al 14%, en función de los márgenes operacionales, para las grandes empresas mineras, las cuales son todas aquellas que tengan ventas anules superiores a 50.000 toneladas métricas de cobre fino. Pero este impuesto especifico, solo será aplicable a las nuevas empresas mineras que realicen inversiones a contar del 2011, como aquéllos que no hubieren suscrito un contrato de invariabilidad a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley.

Ahora, debemos recordar que las empresas mineras que se rigen por el DL 600 de 1974, como aquellas que se acogieron voluntariamente al régimen del impuesto específico en el año 2006, mantienen una invariabilidad tributaria, que en rigor le consagra inamovilidad en su tributación hasta el año 2017, en otras palabras son intocables, con respecto a su tributación.

Pero esta Ley, le da la opción de aquellas empresas mineras que se acojan voluntariamente a este nuevo régimen se le extenderá su invariabilidad tributaria por 6 años más de lo contempla su régimen actual, es decir hasta el año 2023. Así esta Ley establece, que aquellas empresas que se acojan a este programa de royalty pagaran un impuesto especifico por los años comerciales 2010, 2011 y 2012, un porcentaje del 4% al 9%, en una escala progresiva sobre el margen operacional, y posteriormente en el año 2013, retornaran a una tasa fija del 5% o del 4%, de esta manera estas empresas gozaran de una invariabilidad tributaria por 6 años mas de lo que contemplaba la Ley de Royalty anterior, posteriormente en el año 2024 tributaran bajo este nuevo régimen.

En el evento, que estas empresas mineras no se acogieran a este nuevo programa de royalty, seguirán tributando por un impuesto especifico por concepto de royalty, a una tasa fija del 4% o del 5% que contempla la Ley 20.026 del 2005, con una invariabilidad tributaria de 12 años, la cual termina en el año 2017, y a contar del 2018 deberán ingresar al nuevo régimen que consagra la Ley 20.469.

Una particularidad de esta Ley, establece explícitamente que el 30% de los recursos serán distribuidos en las regiones mineras del país, lo que se estima en un monto de 300 millones de dólares dentro de los próximos 3 años.

Hay que señalar además, que los pequeños productores mineros que mantengan ventas anuales iguales o inferiores a 12.000 toneladas métricas de cobre fino quedan excluido de royalty, y aquellos productores medianos y pequeños, que mantengan ventas entre 12.000, 01 y 50.000 toneladas métricas, deberán pagar una impuesto especifico en una escala progresiva del 0,5% al 4,5%, en relación a las toneladas métricas que hayan vendido.

Aunque esta nueva Ley de Royalty, puede traer bastante suspicacias, es en general mucho mejor que el anterior proyecto presentado por el Misterio de Hacienda, el cual fue discutido y mejorado en el parlamento para su aprobación, y los montos que se recaudaran por los años 2010, 2011 y 2012 se utilizará parcialmente para financiar la reconstrucción del país luego del mega terremoto de febrero pasado.

Por Juan Carlos Moscoso G.


4 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. Hola,

    en la primera tabla el rango de % de royalty debiera estar entre 5% y 14%, ahí aparecen valores sobre el 20%... Tienes los valores correctos?, los busco y no los he encontrado.

    Saludos y gracias

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  3. Hola Roy,
    los valores son correctos, los puedes verificar en la Ley 20469 de 2010 o en el nuevo art. 64 bis de la Ley de la Renta.
    Saludos,

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  4. ¿es solo para mineras de cobre o para nitratos ,yodo hierro etc?

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