viernes, 7 de septiembre de 2018

La depreciación: Proyecto de Ley de Modernización


Nuestra actual norma contempla 4 sistemas de depreciaciones, contenidos en los actuales números 5 y 5 bis del artículo 31 de la Ley de la Renta, los cuales son los sistemas de depreciación normal o lineal (Considera la vida útil total del bien), la depreciación acelerada (Considera un tercio de la vida útil (1/3), despreciando decimales), la depreciación instantánea (Considera vida útil de un año) y la depreciación súper acelerada (Considera la décima parte de la vida útil). Estos dos últimos sistemas depreciaciones, están contenidos en el Nº 5 bis del artículo 31 de la Ley de la Renta, numeral incorporado  por la Ley 20.780, de 2014 (Reforma Tributaria).

Al amparo del Proyecto de Ley de Modernización de la Legislación Tributaria, se plantea la eliminación del sistema de depreciación instantánea, solo reservándose este sistema para los contribuyentes de la Cláusula Pyme. No obstante a lo comentado, este  sistema de depreciación instanatnea se aplicara transitoriamente por dos años, con ciertas variaciones, 50% de depreciaion instantánea y los restante con depreciación acelerada, y para la región de la Araucanía, se contempla un sistema de depreciaron instantánea del 100%, solo por dos años.

Como hemos comentado el proyecto de Ley, elimina el sistema de depreciación instantánea,  salvo para aquellos contribuyentes que se encuentran acogidos a la “Clausula Pyme” (Nuevo Art.  14 Letra D) quienes podrán continuar aplicando este sistema de depreciación. La aplicación del sistema de depreciación instantánea bajo la actual normativa, solo estaba reservada para ciertos contribuyentes, que en los tres últimos ejercicios a la utilización del bien, mantengan un ingreso del giro que no supere las 25.000 UF.  Así mismo, el sistema de depreciación súper acelerada, estaba reservada solo para aquellos contribuyentes mantengan ingresos de su giro en los últimos tres ejercicios que se encuentren sobre el monto de 25.000 UF hasta 100.000 UF.

Ahora bien, en virtud de la eliminación del sistema de depreciación instantánea, se establece que el sistema de deprecación súper acelerada, podrá ser aplicada por todos aquellos contribuyentes que los ingresos de los últimos tres ejercicios no supera las 100.000 UF.

Lo anterior, lo expongo en la siguiente grafica ilustrativa:


DEPRECIACION INSTANTANEA
NORMA TRANSITORIA
Régimen transitorio de Depreciación instantánea (2 años)
Región de la Araucanía
Régimen transitorio de deprecación instantánea (2 años)
Bienes nuevos o importados (incluyendo inversiones en obras y construcciones), una vez que inicie su utilización:

  • 50% depreciación instantánea (vida útil 1 año).
  • 50% restante depreciación acelerada.

Por el total de los bienes nuevos o importados (incluyendo inversiones en obras y construcciones), una vez que inicie su utilización, realizadas en dicha región:
                                                            
  • 100% depreciación instantánea (vida útil 1 año).


DEPRECIACION INSTANTANEA
NORMA PERMANENTE
El proyecto Ley,  establece que este sistema de depreciación solo se encuentra reservado de manera permanente para los contribuyentes de la “Clausula Pyme” del Art. 14 letra D de la Ley de la Renta.


DEPRECIACION SUPER ACELERADA
NORMA PERMANENTE
Bajo el Proyecto Ley de Modernización, la depreciación súper acelerada, es aplicable solo respecto de los bienes nuevos o usados, y se encuentra reservada para  todos los contribuyentes que en los tres últimos 3 ejercicios obtengan  ingresos promedio del giro igual o menor a 100.000 UF (si la entidad tiene una existencia menor a tres años, el promedio se calcula considerando los ejercicios de existencia efectiva).

La depreciación súper acelerada considera la décima parte de la vida útil (1/10 de vida útil) 

Antes solo consideraba bienes nuevos o importados, y estaba reservado para contribuyentes de cuyos ingresos en los tres últimos ejercicios estaba sobre las 25.000 UF y hasta las 100.000 UF.




Por Juan Carlos Moscoso G.





No hay comentarios.:

Publicar un comentario

¿Cual es tu opinión?

Por favor, deja tu nombre. Gracias.

No escribas con "Mayúsculas", por regla de cortesía, en el ciber mundo connotan exigencia y mala educación.

MAPA