jueves, 2 de agosto de 2012

Las Gift Cards y el Impuesto al Valor agregado: IVA

La “Gift Cards” o “Give Cards” , se pueden definir como una tarjeta de regalo, cargada con una cierta cantidad de dinero, por medio de la cual el beneficiario de esta tarjeta podrá utilizarla como medio de pago en el comercio correspondiente a la tarjeta, la cual puede ser canjeada por productos o servicios. Por ejemplo se ha hecho común que se entrega esta tarjeta en remplazo de las canastas mercaderías que las empresas entregan a sus trabajadores en fiestas patrias o navidad, para que estos puedan ir a un supermercado determinado a canjear esta tarjeta con los productos que ellos deseen.

La gran duda que ha surgido, es respecto de la documentación tributaria que debe emitirse y el momento que se devenga el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por la operación efectuada.

Un contribuyente denominado benefactor, adquiere de un comercio (por ejemplo una tienda comercial) una cierta cantidad de Gift Cards, equivalentes cada una de estas tarjetas a una cierta cantidad de dinero. Una vez que el benefactor obtiene estas tarjetas, las entregará como regalo, donde el beneficiario de esta tarjeta las canjeara por productos o servicios en el mismo comercio que las emitió (tienda comercial).

En relación a la adquisición por parte del “benefactor” de la tarjeta de regalo, previo pago de una suma de dinero, el Servicio de Impuestos Internos (SII), ha estimado que en dicha operación no se configura una venta en los términos que establece la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, sino meramente el otorgamiento de un derecho personal consistente en la titularidad del derecho a obtener los productos o mercaderías por un monto equivalente a lo pagado, por lo tanto esta operación no se encontrará gravada con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El artículo 9º letra a) de la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, establece que el impuesto al valor agregado se devengará en las ventas de bienes corporales muebles en la fecha de emisión de la factura o boleta, y además señala que, en la venta de bienes corporales muebles, en caso que la entrega de las especies sea anterior a dicha fecha, o bien, cuando por la naturaleza del acto que da origen a la transferencia no se emitan dichos documentos, el impuesto se devengará en la fecha de la entrega real o simbólica de las especies. Por su parte, el Artículo 55º del referido cuerpo legal, establece que la venta de bienes corporales muebles debe documentarse (por el vendedor habitual de ellos), en el momento de la entrega real o simbólica de las especies que se vende. En consecuencia, a las disposiciones previamente mencionadas, sólo al momento de la entrega del bien, nace la obligación del vendedor de documentar la venta y de afectarse con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

De este modo, no existiría obligación de emitir documentación tributaria al momento de la adquisición de la tarjeta de regalo, toda vez que la entrega material del bien objeto del contrato de compraventa se producirá con posterioridad. De esta manera, en principio, no resulta obligatorio emitir documentación tributaria sino hasta la entrega del bien que se vende.

En consecuencia, cuando el benefactor adquiera estas tarjetas de regalos, por parte de un comercio, no implicaría la emisión de un documento tributario, debiendo registrarse esta operación con un documento privado para efecto de control interno, obviamente que tampoco se origina el hecho gravado del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Ahora bien, cuando el beneficiario canjee estos productos, se originara el hecho gravado del Impuesto al Valor Agregado, debiendo de emitirse una boleta de ventas por esta operación, en virtud que son contribuyentes finales.

12 comentarios:

  1. emiti varias fact. con la fecha de vencim errada conte 3 en vez de 30 dias...como arreglo ese error,me traera problemas...lo puede dejar asi y cobrar a los 30 dias_?

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  2. que documento debe emitir el que vende las gift card

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  3. Referente a Ventas de tarjetas Gift Card, una empresa emitió Facturas Exentas, también lo hace el Lider y el Jumbo. Como de debe contabilizar? que pasa con F/29 y el F/22.
    Me ayudo mucho el articulo sobre estas Tarjetas, lo leí tarde, ya se habían en el año 2012 emitido Facturas exentas, ahora tengo retenida la Renta.Agradecería indicar como arreglo esto.
    Agradezco respuesta. Muy buena la pagina.
    Saludos cordiales
    Elizabeth Mura

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  4. hola.. para que una operación sea exenta, primero debio haber estado gravada y el legislador expresamente en la Ley, debe mencionar que es exenta.
    Por otra, parte la entrega de la tarjeta es un servicio, que para que este exenta, no deberia calificarse en el art. 20 N° 3 Y 4 , de la Ley de Renta, de momento creo que pude calificarse como art. 20 N°3
    La entrega de bienes corporales muebles pueden ser real o también simbolica, como podría ser este caso.
    Me gustar que mostraras, el pronunciamiento del SII. que mencionas

    saludos

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  5. Buenas tardes,
    Entonces para el benefactor (el adquirente de la tarjeta), le sirve como respaldo de gasto el documento que le entregan cuando se compran dichas tarjetas???

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  6. Que sucede desde el punto de vista del trabajador? Me imagino que debe estar afecto el monto recibido a Impuesto Unico y por lo tanto es imponible.

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  7. Yo quiero una gift card de 50000 pesos. La verdad que no está de más la información que das.

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  8. Hola tengo una consulta, una empresa nos encargo comprar Tarjetas GiftCard y venderselas, somos una empresa proveedora de mineras.
    como puedo venderlas?
    debo facturar solo la comision?
    estoy un poco confundido......

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  9. Y que pasa con la persona que recibe el beneficio, me explico, supongamos que esta gift card es producto del canje de kilometros de un programa de viajero frecuente de una aerolinea, este beneficio es renta para el que lo canjea?

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  10. la gift card que uno regala al empleado por su cumpleaños, se debe considerar imponible en la liquidacion de sueldo?

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    Respuestas
    1. No.son imponibles, sueldo,sobresueldo, gratificacion, participación, utilidades y un bono por produción. Una giftcard incluida en líquidación de sueldo como regalo de cumplaños puede no conciderarse. Sí, el monto de la giftcard es prudente y a prorrata de el sueldo del trabajador. Nota al adquirir una giftcar recuerde el emisor solo puede emitir factura exenta por tanto dicho gasto el benefactor y/o empleador debe registrarlo según su plan de cuentas de gastos generales o centro de costos podría ser crear o ampliar las cuentas de remuneraciones y agragar la cuenta bono cumpleaños.
      Recuerde.. los bonos deben ser a prorrata de las remuneraciones

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  11. Referente a Ventas de tarjetas Gift Card, una empresa emitió Facturas Exentas, también lo hace el Lider y el Jumbo. Como de debe contabilizar? que pasa con F/29 y el F/22.Ahora nos dicen que emitirán notas de cobro, cual es el tratamiento a nivel de facturación por el tema de IVA, se supone que deberían emitir?
    Agradezco respuesta. Muy buena la pagina.
    Saludos cordiales

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