En los últimos días se ha
producido un gran desconcierto entre los contribuyentes acogidos a la renta
presunta, por efecto del aviso que han recibido por parte del Servicio de
Impuestos Internos, señalándoles que deberán escoger entre el régimen de renta
atribuida o parcialmente integrado, además se les informa que no podrán mantenerse
en la presunción de renta, por encontrarse extemporáneo el aviso de mantención en
tal régimen.
Este aviso por parte del
Servicio, ha traído confusión e incertidumbre para estos contribuyentes, como
para los expertos en el tema, dado que se desconoce norma, resolución o circular,
donde se establezca la obligación de dar aviso para mantenerse en la presunción
de renta. La única obligación de aviso está dada para la incorporación en la presunción
de renta o para su salida, pero no para su mantención.
En efecto esta incertidumbre ha
provocado que muchos contribuyentes han elegido el régimen de renta atribuida o
semi integrada, al verse informados erróneamente que no podían mantenerse en la
presunción de renta. No obstante aquello, el Colegio de Contadores de Chile,
validado por el Servicio de Impuestos Internos, ha informado que aquellos
contribuyentes acogidos en la presunción de renta antes del 2015 y que
permanecen el tal régimen por cumplir los requisitos, no deberán entregar ningún
aviso de permanencia al Servicio, y no deberán elegir ningún régimen de renta
efectiva, ni tampoco deberán dar aviso para mantenerse en la presunción.
Para tales efectos, comparto con ustedes el informativo emitido por
la comisión tributaria del Colegio de Contadores de Chile, y validada por el Servicio de Impuestos
Internos, según señala este gremio.
Hola.
ResponderBorrarUna empresa que inició actividades en Agosto 2015, por transporte de carga EIRL actualmente en régimen de Renta Presunta a que régimen debe cambiarse ?
Renta atribuida ó
Renta Semi integrado.
Según correo de SII se puede elegir cualquiera de los dos.
Y al dejar de ser renta presunta, es obligatorio llevar contabilidad completa ?
Atte.
Roberto.