domingo, 31 de enero de 2010

EL IVA Y EL ALQUILER DE CASAS DE VERANEO

En épocas de verano muchas personas aprovechan su casa para arrendarla y obtener un ingreso extra. Pero, quien opte por eso, deben considerar que todos los arriendos de inmuebles amoblados están afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), contemplado en el artículo 8, letra g, del DL 825 de 1974, las personas en general no saben de esto, por lo que casi nadie lo paga, salvo las empresas que trabajan en el rubro. Es una evasión, pero más basada en la ignorancia que en la mala fe.

El factor a aplicar es el 19% del valor del arriendo, ese porcentaje entra en una ecuación en la que también interviene el avalúo de la propiedad, por lo que ese nominal 19% baja bastante en la cifra final.

Por ejemplo, si una persona está cobrando un arriendo de $300 mil por una propiedad avaluada en $15 millones, lo que deberá pagar por IVA son $30.875.-

(300.000 – ((15 millones X 11%)/12 = 137.500)) X 19% = 30.875

Este cargo corre por cuenta del arrendatario, pero es el arrendador quien debe recaudarlo y enterarlo en las arcas fiscales, para lo cual deberá concurrir con el contrato o convenio de arriendo y el último recibo de contribuciones de bienes raíces hasta la oficina del SII de su domicilio o del de la casa de veraneo. Allí harán el cálculo del monto final que debe pagarse, y para ello hay plazo hasta el día 12 del mes siguiente.

Quien no cumpla con esta parte del proceso, sepa que está cometiendo una falta y que las multas por no pago son de hasta un 300% del valor del impuesto. Debemos considerar que el Servicio de Impuestos Internos emprende todos los veranos un plan de información y fiscalización al respecto.

2 comentarios:

  1. Muchas gracias por la informacion, me gustaria una aclaracion si es posible. Si uno boletea electronicamente entonces debe emitir una boleta de honorarios? o este pago se hace a traves de un formulario especial?

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    1. Se agradece la información.Quisiera saber si el factor 11% es común para prop. de cualquier valor y si este impuesto también debe pagarse por casas an arriendo no amobladas ni de veraneo.

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