Como se ha comentado, el
gobierno de Michelle Bachelet despachara al Congreso Nacional su reforma
tributaria, dentro del plazo de 100 días de su gobierno. Esta reforma
tributaria, tiene por objetivo incrementar la recaudación fiscal en más 8.000
millones de dólares, avanzar en la
equidad, hacerse cargo del déficit estructural del gobierno de Sebastián Piñera
e introducir nuevos mecanismos que
incentiven el ahorro y la inversión.
A continuación, se exponen las
medidas propuestas por Michelle Bachelet, para confección de su reforma
tributaria, cabe mencionar, el contenido de la propuesta de la presidenta
electa es muy impreciso al respecto:
1. 1.- Aumento
en forma gradual de la tasa del impuesto de primera categoría, de un 20% a 25%
en un plazo de 4 años. Se reconoce como crédito el Impuesto de Primera
Categoría, manteniéndose la integración de impuestos entre empresas y personas.
2. 2.- Los
dueños de la empresa deberán tributar por la totalidad de las utilidades, vale
decir, sobre “base devengada” y no sobre la base de retiros. Esta medida se
implementara a partir del cuarto año de la reforma, lo cual implicará la
eliminación del Fondo de Utilidades Tributables (FUT).
3. Se
mantendrá el FUT acumulado o histórico. A partir del año en que comienza el
nuevo régimen de tributación, (cuarto año de la reforma), estas utilidades
tributarán en la medida en que sean retiradas.
4. Se
reducirá en forma gradual, la tasa máxima de los impuestos personales, del 40%
actual a un 35%, en el plazo de cuatro años.
5. Se
creará un sistema de depreciación instantánea, el cual aplicará a partir del
cuarto año de implementación de la reforma (las empresas podrán descontar de
las utilidades la inversión total del año en curso).
6. Se
crearan normas de exención de impuestos a las personas por las ganancias
percibidas con el ahorro que realicen en instrumentos financieros, hasta un
tope correspondiente a rentabilidad de instrumentos sin riesgo (premiar el
ahorro).
7. Se
ampliará y potenciara el sistema simplificado del artículo 14 ter de la Ley de
la Renta. Lo que se pretende es ampliar el beneficio a todas las empresas con
ventas anuales “inferiores” a 14.500 unidades tributarias mensuales (UTM), sean
empresas individuales o personas jurídicas, e independiente de sus obligaciones
respecto del IVA. Esto comenzara a regir a partir del primer año de aprobada la
ley.
8. Se
pretende eliminar el régimen de renta presunta, 14 bis y 14 quáter de la Ley de
la Renta. Se establece un cambio de sujeto en el pago del IVA.
9. Se
establecerá que las grandes empresas, que realicen compras a plazo a sus
proveedores, serán las responsables de pagar una proporción del IVA de dichas
operaciones.
10. Se
establecerá un Impuesto proporcional a vehículos particulares que utilizan
petróleo diésel y vehículos de alta cilindrada (este impuesto se pagaría
anualmente con el permiso de circulación, diferenciado según el combustible
utilizado).
11. Se
implementará un impuesto a la emisión de contaminantes, considerando que el uso
de combustibles fósiles en la industria genera efectos negativos al
medioambiente y la salud de las personas.
12. Se
eliminaría la devolución del Impuesto específico del petróleo diésel (IEPD) a
las industrias.
13. Se
establecerá un impuesto específico a las bebidas alcohólicas, en proporción al
volumen de alcohol puro incluido en cada tipo de bebida (por ejemplo: igual a 20 UTM por cada 100 litros de alcohol puro incluido en cada tipo de bebida).
14. Se
incrementará el actual “impuesto a los cigarrillos” por un impuesto específico
por cantidad, y se reducirá el impuesto ad-valorem, de manera tal que mantenga
la recaudación en su nivel actual. La medida resulta ser un claro desincentivo
al consumo.
15. Se
gravará con IVA todas las transacciones de inmuebles, entre constructoras,
inmobiliarias y otros agentes intermedios, anteriores a la venta que se realice
al consumidor final.
16. Se
restringe el Crédito Especial de las Empresas Constructoras (CEEC), limitándolo
sólo a viviendas con precios inferiores a las 2.000 UF.
17. Se
aumentaría en el Impuesto de Timbres y Estampillas, desde el actual 0,4% a
0,8%.
18. Se
deroga para los nuevos proyectos de inversión, el DL 600, sobre el Estatuto de
la Inversión Extranjera.
Es muy bueno este blog, felicitaciones al autor‼
ResponderBorrarInteresante la propuesta de que las grandes empresas que pagan a plazo deban anticipar una proporción del IVA, será más efectiva que el "Sello MIPYME".